Te recomendamos leer estos pasos para hacerte la idea general del proceso y luego encontrar la GUÍA PASO A PASO al final de la explicación para tu ayuda completa, si fuera necesario.
Resumen rápido
Si quieres vivir en España sin trabajar (residencia no lucrativa) o venir por reagrupación familiar, existen dos procedimientos distintos:
Residencia no lucrativa
- Para vivir en España sin realizar actividad laboral.
- Se solicita desde el Consulado de España en tu país de origen (visado nacional).
- Exige acreditar medios económicos suficientes y seguro médico privado, entre otros requisitos.
Reagrupación familiar (régimen general)
- Para traer a familiares si tú ya resides legalmente en España.
- Primero se solicita la autorización de reagrupación en España.
- Una vez aprobada, el familiar solicita el visado en el consulado correspondiente.
Última revisión: noviembre 2025
Tipos y diferencias clave (en 20 segundos)
- No lucrativa → “Vivir en España sin trabajar” (ojo: no es para trabajar; para eso hay otros permisos).
- Reagrupación familiar → “Traer a familiares” si tú ya eres residente legal en España y cumples requisitos.
Requisitos (muy resumidos)
- No lucrativa
- Solicitud de visado nacional en consulado.
- Pasaporte en vigor.
- Medios económicos suficientes (las cuantías se revisan cada año).
- Seguro médico privado válido para España (según requisitos consulares).
- Reagrupación familiar
- El reagrupante debe residir legalmente en España y cumplir condiciones para reagrupar.
- Una vez concedida la autorización en España, el familiar pide el visado en consulado con la resolución/autorización.
Documentación necesaria (tabla base)
Nota: los documentos exactos pueden variar por consulado y caso. Verifica siempre en el enlace oficial.
| Documento | No lucrativa | Reagrupación | Fuente oficial |
| Formulario de visado nacional | ✅ | ✅ | FORMULARIO DE VISADO NACIONAL |
| Pasaporte en vigor + copias | ✅ | ✅ | PASAPORTE |
| Medios económicos | ✅ | (del reagrupante) ✅ | Presentar un justificante que acredite que tiene medios económicos. |
| Seguro médico | ✅ | (según caso) | Disponer de un seguro médico privado, certificado de seguro emitido por la aseguradora (en formato digital o físico). |
| Autorización de reagrupación aprobada | — | ✅ | Presentar la autorización de reagrupación aprobada (según el caso). |
Paso a paso (mini)
No lucrativa.
- Preparas la documentación exigida por el consulado.
- Presentas la solicitud de visado nacional.
- Si se aprueba, entras a España.
- Realizas los trámites posteriores (TIE si aplica).
Reagrupación.
- La persona en España presenta solicitud de autorización de reagrupación.
- Cuando se aprueba, el familiar pide visado en consulado
- Entrada a España y trámites posteriores (TIE si aplica).
Costes y plazos
⚠️ Los importes y tiempos pueden cambiar y dependen del consulado o la oficina.
Residencia no lucrativa:
- Coste: tasa de visado nacional (importe variable según país).
- Plazo: suele oscilar entre 1 y 3 meses.
Reagrupación familiar:
- Coste: tasa de visado nacional (importe variable según país).
- Plazo: suele oscilar entre 2 y 4 meses.
- Autorización en España: aprox. 1–3 meses
- Visado en consulado: variable según país
Consulta siempre la actualización oficial:
- No lucrativa (consulado): CONSULADO SEGÚN PAÍS
- Reagrupación (Migraciones): REAGRUPACIÓN FAMILIAR
Guía completa (Paso a paso).
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