Visado de residencia en España (No lucrativa / reagrupación)

Te recomendamos leer estos pasos para hacerte la idea general del proceso y luego encontrar la GUÍA PASO A PASO al final de la explicación para tu ayuda completa, si fuera necesario.

Resumen rápido

Si quieres vivir en España sin trabajar (residencia no lucrativa) o venir por reagrupación familiar, existen dos procedimientos distintos:

Residencia no lucrativa

  • Para vivir en España sin realizar actividad laboral.
  • Se solicita desde el Consulado de España en tu país de origen (visado nacional).
  • Exige acreditar medios económicos suficientes y seguro médico privado, entre otros requisitos.

Reagrupación familiar (régimen general)

  • Para traer a familiares si tú ya resides legalmente en España.
  • Primero se solicita la autorización de reagrupación en España.
  • Una vez aprobada, el familiar solicita el visado en el consulado correspondiente.

Última revisión: noviembre 2025

Tipos y diferencias clave (en 20 segundos)

  • No lucrativa → “Vivir en España sin trabajar” (ojo: no es para trabajar; para eso hay otros permisos).
  • Reagrupación familiar → “Traer a familiares” si tú ya eres residente legal en España y cumples requisitos.

Requisitos (muy resumidos)

  1. No lucrativa
    • Solicitud de visado nacional en consulado.
    • Pasaporte en vigor.
    • Medios económicos suficientes (las cuantías se revisan cada año).
    • Seguro médico privado válido para España (según requisitos consulares).
  2. Reagrupación familiar
    • El reagrupante debe residir legalmente en España y cumplir condiciones para reagrupar.
    • Una vez concedida la autorización en España, el familiar pide el visado en consulado con la resolución/autorización.

Documentación necesaria (tabla base)

Nota: los documentos exactos pueden variar por consulado y caso. Verifica siempre en el enlace oficial.

DocumentoNo lucrativaReagrupaciónFuente oficial
Formulario de visado nacionalFORMULARIO DE VISADO NACIONAL
Pasaporte en vigor + copiasPASAPORTE
Medios económicos(del reagrupante)
Presentar un justificante que acredite que tiene medios económicos.
Seguro médico(según caso)Disponer de un seguro médico privado, certificado de seguro emitido por la aseguradora (en formato digital o físico).
Autorización de reagrupación aprobadaPresentar la autorización de reagrupación aprobada (según el caso).

Paso a paso (mini)

No lucrativa.

  1. Preparas la documentación exigida por el consulado.
  2. Presentas la solicitud de visado nacional.
  3. Si se aprueba, entras a España.
  4. Realizas los trámites posteriores (TIE si aplica).

Reagrupación.

  1. La persona en España presenta solicitud de autorización de reagrupación.
  2. Cuando se aprueba, el familiar pide visado en consulado
  3. Entrada a España y trámites posteriores (TIE si aplica).

Costes y plazos

⚠️ Los importes y tiempos pueden cambiar y dependen del consulado o la oficina.

Residencia no lucrativa:

  • Coste: tasa de visado nacional (importe variable según país).
  • Plazo: suele oscilar entre 1 y 3 meses.

Reagrupación familiar:

  • Coste: tasa de visado nacional (importe variable según país).
  • Plazo: suele oscilar entre 2 y 4 meses.
    • Autorización en España: aprox. 1–3 meses
    • Visado en consulado: variable según país

Consulta siempre la actualización oficial:

Guía completa (Paso a paso).

[ENLACE A LA GUÍA COMPLETA PASO A PASO]

Aviso legal

«Información orientativa basada en fuentes oficiales. Verifique siempre en la sede correspondiente. No constituye asesoría legal.»

Última actualización: 27/01/2026 12:53 — Hora actual: 04:27

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